I. Introducción
Una sucesión turca presenta un elemento transfronterizo cuando el causante era extranjero, un heredero reside fuera de Turquía o el caudal hereditario comprende bienes situados en Turquía. Identificar a los familiares es solo el punto de partida, porque la ley aplicable puede variar según el bien y la cuestión jurídica.
Cuando la herencia incluye inmuebles en Turquía, este análisis debe coordinarse con la acreditación de la condición de heredero, el uso de documentos extranjeros del estado civil, las formalidades registrales y el calendario del impuesto sobre sucesiones. Un testamento, una transmisión en vida, una cuestión relativa al régimen económico matrimonial o una reclamación de un acreedor de la herencia también pueden modificar las cuotas hereditarias o los pasos necesarios antes de la inscripción.
II. ¿Qué ley se aplica a una sucesión transfronteriza?
El artículo 20 de la Ley n.º 5718 de Derecho Internacional Privado y Procesal dispone que la sucesión se rige por la ley nacional del causante, mientras que la ley turca se aplica a los bienes inmuebles situados en Turquía. Las reglas sobre la apertura, adquisición y división de la herencia se vinculan, en cambio, a la ley del país donde se encuentren los bienes hereditarios. Por ello, una sucesión transfronteriza debe analizarse por bien y por cuestión jurídica, y no bajo una única ley presumida.
La ley turca puede, por tanto, regir la sucesión de un apartamento en Estambul aunque el causante y los herederos sean nacionales de otro país, mientras que una cuenta bancaria o unas participaciones sociales pueden requerir un análisis distinto. Los tribunales turcos también pueden ser competentes cuando el último domicilio del causante o, en su defecto, los bienes hereditarios se encuentren en Turquía. Una herencia situada en Turquía que carezca de herederos pasa al Estado.
Un testamento extranjero no es automáticamente ineficaz porque la herencia incluya bienes en Turquía. Su forma, la capacidad del causante y sus efectos sustantivos son cuestiones separadas. La Ley n.º 5718 aplica su regla general sobre la forma y también reconoce una disposición otorgada conforme a la ley nacional del causante; la capacidad se determina en el momento del otorgamiento. El efecto del testamento sobre inmuebles turcos debe examinarse, no obstante, junto con las normas sucesorias aplicables a esos bienes, incluidas las legítimas.
Cuando resulte aplicable la sucesión intestada turca, los descendientes forman la primera clase de herederos. El cónyuge supérstite recibe una cuarta parte si concurre con descendientes, la mitad si concurre con los padres del causante o sus descendientes, tres cuartas partes si concurre con los abuelos o sus descendientes y la totalidad de la herencia si no existe ninguna de estas personas. Estas cuotas siguen sujetas a disposiciones testamentarias, porciones reservadas y transmisiones realizadas en vida.
III. Acreditación de la condición de heredero y uso de documentos extranjeros
¿Qué autoridad expide el certificado?
Aunque la herencia se transmite por ministerio de la ley, normalmente se necesita un certificado de herederos para acreditar la identidad de los herederos y sus cuotas ante las autoridades turcas, los bancos y los registros de la propiedad. En principio, este certificado puede expedirlo un juzgado civil de paz o un notario. Sin embargo, un solicitante extranjero debe prever por regla general la vía judicial, porque el artículo 71/B de la Ley del Notariado excluye la expedición notarial cuando el certificado es solicitado por extranjeros.
Un certificado expedido por un tribunal extranjero no produce necesariamente efectos directos ante el registro de la propiedad turco. El artículo 37 de la Ley del Registro de la Propiedad dispone que las transmisiones a favor de personas físicas extranjeras se realizan sobre la base de documentos sucesorios expedidos por tribunales turcos, o expedidos por la autoridad competente de su propio país y aprobados por un tribunal turco como conformes con el procedimiento sucesorio turco; las directrices registrales aplican esta regla a los certificados emitidos por tribunales extranjeros. La vía adecuada —la aprobación de la determinación extranjera o la obtención de un nuevo certificado turco a partir de la documentación del estado civil— depende de la autoridad emisora y del documento presentado.
Autenticación y traducción
La documentación habitual comprende el certificado de defunción, documentos de identidad, certificados de nacimiento y matrimonio y, cuando proceda, un testamento o poder. Conviene comprobar los nombres, las fechas y los lugares de nacimiento antes de presentar el expediente, porque incluso una discrepancia menor puede interrumpir el vínculo familiar documentado.
La vía de autenticación no es idéntica para todos los documentos. Por regla general se utiliza la apostilla cuando el Estado emisor y el receptor son partes del Convenio de La Haya sobre la Apostilla y el documento está comprendido en su ámbito; en los demás casos puede ser necesaria la legalización consular. Los documentos redactados en otro idioma suelen requerir además una traducción al turco realizada mediante el procedimiento aceptado de traducción jurada y notarización. Antes de cerrar el expediente deben comprobarse el país de emisión, el tipo de documento y la autoridad receptora.
IV. Inscripción de inmuebles heredados en Turquía
El expediente registral
Conforme al artículo 599 del Código Civil turco, los herederos adquieren la herencia en su conjunto desde el fallecimiento. No obstante, deben cumplirse las formalidades registrales para que el registro público refleje a los herederos y para que estos puedan disponer del inmueble de forma segura.
La Dirección General del Registro de la Propiedad y Catastro incluye actualmente entre los documentos utilizados para una transmisión hereditaria el documento de identidad o pasaporte del heredero, cualquier documento de representación, el certificado de herederos y el seguro obligatorio contra terremotos cuando se trate de una edificación. Uno de los herederos puede iniciar la solicitud mediante Web Tapu. La dirección comunica después la tasa administrativa y, tras su pago, fija una cita para la fase de firma. Según la herencia y los solicitantes, el expediente puede requerir documentación adicional de estado civil, traducción, fiscalidad o representación.
Capacidad para heredar y restricciones a la titularidad
La capacidad de un extranjero para heredar debe distinguirse de las reglas separadas que determinan si puede conservar un inmueble turco concreto. Primero se completa la transmisión hereditaria y después el registro examina las restricciones aplicables a la propiedad extranjera. Conforme al artículo 35 de la Ley del Registro de la Propiedad, los inmuebles o derechos reales limitados heredados que queden fuera de esas restricciones pueden tener que liquidarse. Las zonas militares y de seguridad y otras limitaciones legales también pueden influir en el resultado, que depende de la nacionalidad del heredero y de la ubicación, naturaleza y superficie del inmueble.
Inscripción y situación fiscal
La inscripción no tiene que esperar a que se liquide el impuesto sobre sucesiones. Conforme a las directrices registrales vigentes, puede completarse si el resultado se comunica a la oficina tributaria correspondiente dentro de los quince días siguientes. Sin embargo, el inmueble heredado no podrá transmitirse posteriormente ni gravarse con un derecho real hasta que se pague íntegramente el impuesto sobre sucesiones que le corresponda. Por tanto, una inscripción finalizada no confirma que el procedimiento fiscal también haya concluido.
La demora tiene su propia consecuencia registral. Si la transmisión hereditaria no se inscribe dentro de los dos años siguientes al fallecimiento, la dirección del registro puede solicitar judicialmente un certificado de herederos y actualizar el registro a nombre de los herederos como copropietarios en comunidad. Los herederos no deben suponer que un expediente no inscrito permanece simplemente inactivo hasta que decidan ocuparse del inmueble.
V. Declaración y pago del impuesto sobre sucesiones en 2026
Exenciones y tipos
Debe presentarse una declaración del impuesto sobre sucesiones y transmisiones incluso cuando el valor heredado sea inferior a la exención aplicable. Para 2026, la exención es de TRY 2.907.136 para cada hijo, hijo adoptivo y cónyuge supérstite. Cuando el cónyuge supérstite hereda por sí solo y no hay descendientes, la exención asciende a TRY 5.817.845. Estas exenciones no deben extenderse a otros familiares sin una base legal específica.
Los tipos ordinarios del impuesto sobre sucesiones para 2026 son progresivos: 1 por ciento sobre los primeros TRY 3.000.000 de la base imponible, 3 por ciento sobre los siguientes TRY 7.000.000, 5 por ciento sobre los siguientes TRY 15.000.000, 7 por ciento sobre los siguientes TRY 30.000.000 y 10 por ciento sobre la parte que exceda de TRY 55.000.000.
La Ley n.º 7582, publicada en el Boletín Oficial n.º 33270 el 4 de junio de 2026, introdujo una regla especial de alcance limitado. Se aplica un tipo del 1 por ciento a una transmisión hereditaria procedente de una persona que se beneficia de la exención del impuesto sobre la renta prevista en el artículo repetido 20/D de la Ley del Impuesto sobre la Renta, cuando el fallecimiento se produce dentro del periodo establecido para dicha exención. Sujeta a sus requisitos legales, esta exención se aplica a determinados ingresos de fuente extranjera de personas consideradas residentes en Turquía que no tuvieron domicilio ni obligación tributaria en Turquía durante los tres años naturales anteriores. Se ignora expresamente una obligación tributaria turca anterior derivada de rentas inmobiliarias, rentas del capital mobiliario o ganancias patrimoniales. La exención dura veinte años. Por tanto, el tipo especial no es un tipo general del 1 por ciento para herederos extranjeros, propietarios extranjeros ni toda persona que pase a residir en Turquía. Antes de aplicarlo deben acreditarse los requisitos del artículo 20/D y la fecha del fallecimiento.
Plazos de declaración y pago
El plazo ordinario de declaración depende del lugar del fallecimiento y de dónde se encuentre el contribuyente:
| Circunstancias | Plazo de declaración |
|---|---|
| Fallecimiento en Turquía, contribuyente en Turquía | Cuatro meses |
| Fallecimiento en Turquía, contribuyente en el extranjero | Seis meses |
| Fallecimiento en el extranjero, contribuyente en Turquía | Seis meses |
| Fallecimiento en el extranjero, contribuyente en el mismo país extranjero | Cuatro meses |
| Fallecimiento en el extranjero, contribuyente en otro país extranjero | Ocho meses |
| Declaración de ausencia | Un mes desde la inscripción de la resolución en el registro de defunciones |
El impuesto sobre sucesiones se paga normalmente en seis plazos iguales durante tres años, en mayo y noviembre. La posibilidad de inscribir un inmueble heredado antes de la liquidación no elimina la obligación de declarar ni la restricción sobre una transmisión o gravamen posterior mientras siga impagado el impuesto atribuible al inmueble.
VI. Deudas de la herencia, renuncia y límites procesales
La sucesión universal transmite tanto las deudas como los bienes. Quien descubra que la herencia puede ser insolvente debe examinar las reglas sobre la renuncia antes de realizar actos que puedan considerarse aceptación o administración de la herencia más allá de lo necesario para su conservación.
El plazo general para renunciar a la herencia es de tres meses. Para los herederos legales suele comenzar cuando conocen el fallecimiento, salvo que prueben que supieron de su condición de herederos posteriormente; para los herederos designados comienza cuando se les notifica oficialmente la disposición testamentaria. La renuncia debe realizarse sin condiciones, mediante una declaración oral o escrita ante el juzgado civil de paz competente. Intervenir en la herencia más allá de la administración ordinaria, ocultar bienes hereditarios o apropiarse de ellos puede impedir que un heredero invoque la renuncia.
Los litigios sobre legítimas y transmisiones realizadas en vida o por testamento siguen una vía distinta de la inscripción ordinaria. La acción de reducción está sujeta, por regla general, a un plazo de un año desde que el heredero conoce la lesión y la disposición pertinente, además de un plazo máximo de diez años cuyo inicio varía según se impugne una disposición testamentaria o entre vivos. Estos plazos no sustituyen un análisis de prescripción específico para la herencia.
La demora en completar las formalidades sucesorias no hace por sí sola que la herencia pase al Estado, que solo se convierte en heredero legal último cuando no existe ningún otro heredero. La demora sí dificulta la prueba del estado civil, la administración de los bienes y el cumplimiento tributario, y expone el expediente al procedimiento registral de dos años descrito anteriormente.
Para un heredero extranjero, la secuencia consiste en identificar los bienes turcos y las cuestiones de ley aplicable, acreditar la condición de heredero con documentos utilizables en Turquía, completar la inscripción y las declaraciones tributarias y resolver cualquier restricción, deuda o controversia. Un trámite concluido en un país no resuelve la parte turca de la herencia.
Esta traducción se ofrece únicamente con fines informativos y puede presentar diferencias respecto del texto original.